El Comité Europeo de Protección de Datos (SEPD) adoptó formalmente el 17 de enero de 2023 un informe que resume todas las conclusiones del trabajo realizado para responder a las preguntas sobre las cookies de banner. El informe ha sido redactado por Noyb, asociación fundada por Max Schrems y especializada en la lucha por la privacidad de los datos personales. Considera que las normas del RGPD todavía se sobrepasan demasiado.
El SEPD estudia las galletas publicitarias bajo la presión de Noyb
Entre mayo de 2021 y agosto de 2022, la organización no gubernamental (ONG) Noyb presentó varios centenares de denuncias ante la Comisión Nacional de la Informática y las Libertades (CNIL) francesa y sus homólogas europeas. Todas estas quejas estaban relacionadas con la aceptación o el rechazo de cookies de terceros en los sitios y los banners que muestran esta información.
En respuesta, el SEPD, que reúne a todos los reguladores europeos de protección de datos, abrió un grupo de trabajo sobre la cuestión. Como explica la CNIL en su comunicado de prensa, su objetivo era » analizar colectivamente las diferentes cuestiones planteadas por estas quejas «. En lugar de pasar por el mecanismo de » ventanilla única «El SEPD ha decidido agrupar todas las cuestiones planteadas por Noyb y asignarlas a este grupo de trabajo.
La CNIL, junto con la autoridad austriaca de protección de datos, dirigió las trece reuniones de trabajo sobre las cookies de banner. Estas reuniones desembocaron en la adopción de un informe que presenta las conclusiones de todos los análisis realizados.
¿Qué respuestas ha dado el SEPD a estas pancartas?
En el informe final adoptado por el SEPD se señala que » la gran mayoría de las autoridades considera que la ausencia de una opción para rechazar/rechazar las cookies al mismo nivel que la opción para aceptar su depósito constituye una infracción de la legislación (artículo 5, apartado 3, de la Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas) «. Es el caso de la CNIL, que no duda en sancionar a las empresas que lo hacen en Francia.
En cuanto al diseño de las pancartas, el grupo de trabajo concluyó que » la información facilitada debe permitir a los usuarios de Internet comprender lo que consienten y cómo expresar su elección «. En definitiva, se acabaron los banners locos en los que el internauta no entiende de qué se trata, pensando, por ejemplo, que se ha topado con una ventana emergente.
Las autoridades europeas han acordado que no pueden imponer un color, tamaño de letra o contraste estándar en todos los sitios web. De hecho, por razones estéticas, algunos sitios web prefieren determinados colores o tipos de letra para que el banner combine con la plantilla que utilizan. Sin embargo, en caso de reclamación, los reguladores examinarán el banner de cookies para asegurarse de que su diseño » no induzca a error a los usuarios «.
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